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Por medio de la presente, y en cumplimiento del artículo 21 de nuestros Estatutos te convoco al Cabildo Mayor Extraordinario que tendrá lugar, D.M., el próximo día 2 de Octubre de 2020, viernes, a las 19:00 horas en la Iglesia del Espíritu Santo.
 
El orden del día será el siguiente:
 
1º. Rezo de Preces.
2º. Elecciones a Abad.
 
En el proceso electoral será plenamente aplicable el artículo 21 de nuestros vigentes Estatutos, que literalmente reproduce el siguiente texto:
 
 
Art.21: Tras el final del período de mandato del Cabildo Menor  se procederá a la elección del Abad de la siguiente forma:
 
a) Con un plazo de 15 días, anteriores a la fecha de elección, hecha pública previamente por el Cabildo Menor, se abrirá un tiempo de presentación de candidaturas por carta certificada al secretario, que finalizará 24 horas antes del día en que se celebren las elecciones. En el sobre, debidamente cerrado y en el lugar destinado al remite, figurará de forma bien visible la palabra candidatura. Los sobres se abrirán y se  hará  público  su contenido durante la sesión del Cabildo Mayor, convocado con este fin exclusivo de la elección.
 
b) En cada candidatura figurará el nombre y apellidos de aquel hermano que tenga intención de presentarse a la elección para el cargo de Abad de la Hermandad; pudiendo a su voluntad, hacer figurar los nombres y apellidos de los hermanos que formarán parte de su equipo, en el caso de ser elegida la candidatura por él presentada. Sólo podrán formar parte del Cabildo Menor los hermanos mayores de edad civil que no pertenezcan a ninguna Junta Directiva de otra Cofradía, Hermandad o Sección integrada en la Junta Pro-Semana Santa. El Abad además deberá tener una antigüedad mínima de cinco años en la Hermandad.
 
c) De entre todas las candidaturas presentadas, los hermanos asistentes votarán aquella que estimen más oportuna. La candidatura que haya recibido más del 50% de los votos emitidos por los asistentes al Cabildo Mayor será elegida en primera votación. Si ninguna candidatura hubiera obtenido esta mayoría, se procederá a una segunda votación entre las dos candidaturas que mayor número de votos hubieran recibido en la primera elección; y resultará elegida aquella cuyo número de votos sea superior a la otra u otras, en caso de empate en la primera elección. En el caso de haberse presentado exclusivamente una sola candidatura, sólo podrá resultar elegida, bien en primera, bien en segunda votación, cuando alcance más del 50% de los votos emitidos por los asistentes. En caso de no obtener dicha mayoría en ninguna de las dos primeras votaciones, saldrá elegido el candidato, en tercera votación, con la mayoría simple que consiga.
 
d) Una vez realizada la elección, el candidato electo hará público, en la misma sesión de Cabildo Mayor, los nombres y apellidos de los hermanos que formarán parte de su equipo o Junta Directiva.
 
e) En el caso de no haberse presentado ninguna candidatura durante el plazo previsto en el “ apartado a) “ de este mismo artículo, éstas se podrán presentar en la misma sesión de Cabildo Mayor convocada con el fin exclusivo de la elección.
Si en ésta tampoco se presenta ninguna candidatura, se prorrogará el mandato del Cabildo Menor cesante hasta el próximo Cabildo Mayor Ordinario. Sólo en este caso podrán celebrarse las votaciones en Cabildo Mayor Ordinario, siguiendo las directrices señaladas en este artículo.
 
De esta manera, las candidaturas deberán presentarse por carta certificada dirigida al Secretario a la siguiente dirección: José Manuel de Uña Jimeno, C/ Morales nº 21 –Atico B, 49028, Zamora. En la candidatura deberá constar los nombres y apellidos de los hermanos que deseen presentarse a la elección para el cargo de Abad; pudiendo a su voluntad hacer figurar el nombre y apellidos de los hermanos que formen parte de su equipo en el caso de ser elegida la candidatura por él presentada. El sobre donde conste la candidatura deberá estar debidamente cerrado y en el lugar destinado al remite deberá constar bien claro la palabra “candidatura“. El plazo para la presentación de candidaturas se abrirá el día 17 de Septiembre de 2020 y se cerrará a las 19:00 horas del día 1 de Octubre de 2020. El plazo para ejercer el derecho al voto será hasta las 22,00 horas del 2 de Octubre de 2020, tras lo cual se procederá al escrutinio y proclamación del Abad electo.
 
Según el art. 8 a de nuestros estatutos podrán ejercer el derecho a voto los hermanos y hermanas mayores de edad. El cabildo menor requerirá para ejercer el voto DNI o documento acreditativo para la identificación de los hermanos.
 
 
Fdo. José Manuel de Uña Jimeno
SECRETARIO

Importante:

Debido a la situación actual de pandemia COVID-19 y en cumplimiento de la normativa de seguridad socio-sanitaria vigente se establece la obligatoriedad del uso de la mascarilla y respetar la distancia de seguridad tanto en los accesos a la iglesia para la votación como dentro de la misma, huerto y locales anexos, estando prohibido asímismo fumar en estos lugares. Rogamos además que se atiendan escrupulosamente las instrucciones de las personas habilitadas al efecto para velar por el correcto desarrollo del proceso electoral.

 
Elecciones a Abad